El Consejo de Gobierno de Canarias aprobó ayer un decreto-ley que establece una nueva moratoria para determinadas obligaciones tributarias que permitirá una inyección de liquidez a pymes y autónomos de las Islas.
Se trata del primer bloque del plan de choque anunciado el pasado viernes por el presidente y el vicepresidente canarios, que incluye aplazamientos de deudas tributarias y ampliación del plazo para el pago de impuestos correspondiente al primer trimestre de este año.
Las medidas permitirán también que las empresas puedan estar al corriente de sus obligaciones con la Agencia Tributaria canaria, requisito necesario para aspirar a las ayudas directas anunciadas por el Gobierno.
El decreto, que entrará en vigor hoy, una vez publicado en el BOC, permitirá al contribuyente el aplazamiento extraordinario hasta el 20 de octubre de 2021 de la autoliquidación correspondiente al primer trimestre de este año del IGIC y del AIEM. Podrán beneficiarse todos los empresarios o profesionales con obligación de liquidar trimestralmente.
Para adherirse a esta medida, los interesados deberán presentar una solicitud entre el 1 y el 20 de abril de este año. El aplazamiento no generará intereses de demora.
La norma también amplía de manera excepcional las fechas de vencimiento de pago de las deudas tributarias aplazadas o fraccionadas. En el caso de que éstas no estén vencidas a la fecha de la entrada en vigor del decreto, se podrá solicitar una ampliación de seis meses.
Las solicitudes para esta ampliación deberán presentarse antes del vencimiento del pago previsto inicialmente. Tampoco se devengará intereses de demora.
Con respecto a las deudas que se encuentran en periodo ejecutivo, el decreto aprobado hoy también permitirá el aplazamiento, en los términos que fija la normativa estatal y cuando, además, haya sido aplazada o fraccionada en su día por la Agencia Tributaria Canaria.
Reducción del IGIC del último trimestre de 2020
Las medidas fiscales aprobadas hoy dan continuidad a las que ya se aplicaron el pasado año en la misma materia, algunas de las cuales ya se ha prorrogado, como el régimen simplificado del IGIC.
Este régimen ha permitido una reducción general del 20 por ciento del IGIC del último trimestre del 2020 para aquellas pymes con ingresos anuales inferiores a los 150.000 euros. La reducción alcanza el 35 por ciento para las empresas más afectadas por la crisis del coronavirus.
Esta medida se aplicará también para el primer trimestre de este año.



